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ATAJ
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Código deontológico

El presente código deontológico tiene por objeto la aprobación de los miembros de la asociación ATAJ como complemento a las disposiciones de la Ley 50.00 que rigen la profesión del Traductor admitido por los tribunales, así como los Estatutos de la Asociación homologados por el Ministro de la Justicia.

El traductor admitido por los tribunales tiene que:

  • Ofrecer una traducción oficial de los documentos que requieren una certificación oficial en la combinación autorizada.
  • Asegurar una traducción de calidad indiscutible conforme a todas las reglas.
  • limitarse en los títulos profesionales que le son otorgados por la ley.

El traductor admitido por los tribunales se compromete a:

  • No aceptar un trabajo que supera sus calificaciones.
  • Asumir personalmente la responsabilidad de los trabajos que llevan su firma y su sello.
  • Traducir los documentos de forma íntegra. Si el cliente pide una traducción parcial o analítica, el traductor debería mencionarlo claramente en la traducción.
  • Clasificar y guardar copias de los trabajos efectuados en una duración de cinco años.

El traductor admitido por los tribunales está sometido al secreto profesional y se compromete a:

  • Asegurar la confidencialidad de las informaciones personales de sus clientes.
  • Investirse plenamente en la buena realización de las traducciones que efectúa.
  • proporcionar a sus clientes, antes de aceptar los trabajos, toda la información relativa a la realización de la traducción, particularmente, el precio y los plazos. En caso de incumplimiento de los plazos de entrega, por razones de fuerza mayor, debe informar al cliente cuanto antes, con el fin de llegar a una solución conveniente para ambas partes.

Si el cliente es una institución pública o una sociedad privada, los precios y los plazos deben ser objeto de un presupuesto debidamente referido por el cliente, o de un orden de pedido; los plazos comienzan a correr a partir de la fecha de su recepción.

El traductor admitido por los tribunales se reserva el derecho de pedir un anticipo del precio global antes de empezar la traducción.

El traductor admitido por los tribunales no debe en ningún caso traducir un documento basándose en sus interpretaciones personales ya que su papel se limita en la reproducción del contenido del texto de partida con toda fidelidad y exactitud.

El traductor admitido por los tribunales traduce únicamente los documentos originales o certificados conformes a los originales, y se compromete a devolverlos al cliente en el momento de la entrega de sus traducciones.

El traductor admitido por los tribunales se abstiene de aceptar una traducción previamente realizada por uno de los colegas sin informarlo previamente.

Los conflictos que puedan surgir entre los traductores admitidos por los tribunales deben obligatoriamente presentarse ante la Junta Nacional de ATAJ que intentará encontrar amistosamente una solución.

La Junta Nacional debe tener un conocimiento perfecto de las circunstancias que condujeron a los conflictos entre traductores jurados así como de la posición de cada una de las partes antes de que un recurso a la justicia sea realizado.

El respeto de la confidencialidad y la discreción son las preocupaciones primordiales del Traductor admitido por los tribunales

El traductor-jurado debe evitar toda discusión en público tocante a un asunto que se le ha confiado.

Las estrategias publicitarias adoptadas por los traductores admitidos por los tribunales no deben en ningún caso afectar y perjudicar la dignidad, el honor o la buena práctica de la profesión.

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